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Sevilla cerró 2013 entre los diez municipios con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles más caro

Sevilla cerró el año 2013 entre los diez municipios con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) más caro de España, según el ranking tributario de los municipios españoles de 2013, que engloba las 50 capitales de provincia más Ceuta y Melilla, elaborado por la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.

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No obstante, el gobierno de Juan Ignacio Zoido aplica desde este 2014 la mayor bajada del impuesto (un 14,75%), con lo que el tipo impositivo aplicable en las viviendas será de 0,722 por ciento (antes 0,847%) y en los locales del 0,9804 por ciento (antes 1,15%).

La lista la encabezan Lleida y Tarragona, seguidas de Melilla, Almería, Toledo, Ciudad Real, Soria, Murcia, Salamanca y Sevilla en los diez primeros puestos. Por el contrario, el IBI más barato se paga en Pamplona, por delante de Vitoria, San Sebastián, Ceuta, Girona, Palencia, Lugo, A Coruña, Bilbao y Palma de Mallorca.

Entre el resto de grandes ciudades, Barcelona ocupa el puesto 12, Madrid el 17, Valencia el 23 y Málaga el 27, concretamente donde más se ha rebajado su tipo del IBI entre 2012 y 2013, un 35,15 por ciento.

También lo ha reducido Lleida, un 2,86 por ciento, y Soria, un 2,27 por ciento, mientras que lo han subido La Coruña (10,91 %), Zaragoza (10,00 %), Zamora (6,67%), Burgos (5,19%), Guadalajara (5,00%), Ceuta (4,69%), Oviedo (3,44%), Pamplona (3,25%), Logroño (3,21%), Ávila (3,16%), Murcia (3,00%), Salamanca (2,78%), Tarragona (2,69 %) y Bilbao (0,49%).

La metodología usada por la agencia tributaria madrileña para elaborar este listado -que comenzó a publicar con las cifras de 2004 ante la falta de datos por parte de la Administración central- parte de un valor catastral idéntico de 6.010,12 euros como base general para el año 1990 (desde el que existe el IBI) al que se han aplicado las sucesivas revisiones de los valores catastrales (en Bilbao, Girona y Pamplona no se han revisado).

A ese cifra se le aplica el tipo impositivo real establecido por cada municipio para obtener una cuota "teórica" que sirve para establecer el ranking. En ningún caso se han contabilizado los incrementos de los tipos de gravamen previstos en el Real Decreto-Ley de 2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

MARÍA JOSÉ UFARTE / REDACCIÓN